Secondo Conto Energia (D.M. 19/02/2007)

El 19 de febrero de 2007 fue publicado en el Boletín Oficial no. 45 el Decreto sobre la Segunda Cuenta de Energía.

El objetivo establecido por el decreto es favorecer la producción de sistemas fotovoltaicos y, al mismo tiempo, el ahorro de energía con premios adicionales.

El objetivo nacional de energía fotovoltaica que se instalará también se ha modificado: de 2000 MW para 2015, según lo previsto en el anteproyecto anterior, se ha aumentado a 3000 MW para 2016.

Estas son las noticias más importantes:

1. Aumento de las tarifas, de un mínimo de 0,36 a un máximo de 0,49 euros por kWh producido y se diferencian según la potencia nominal, así como del tipo de planta (Artículo 6).

2. La certificación energética del edificio ya no es obligatoria, incluso si da derecho al titular a una bonificación adicional sobre el incentivo (Artículo 7).

3. Tasas de incentivo no acumulativas: no se aplica a las escuelas públicas y los establecimientos de salud pública (Artículo 9).

4. Capacidad máxima de las plantas admitidas a las tarifas nacionales de incentivo: 3000 MW para 2016.

5. Aumento del 5% de las tasas de incentivos para escuelas públicas, hospitales públicos y sistemas integrados en edificios e instalados como reemplazos de techos que contienen asbestos y para las autoridades locales con una población de menos de 5.000 habitantes.